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Cristales
Esta cobertura incluye el valor de la moción y/o instalación del cristal
o cristales asegurados. Este valor no deberá exceder el costo de
adquisición del cristal o cristales afectados.
Cristales no indemnizará:
1) Daños a cristales, Lunas, espejos, Domos y acrílicos con espesor
menos a 4 milímetros.
2) Raspaduras, ralladuras, arañazos, desconchados u otros defectos
superficiales, en cristales de cualquier espesor.
3) Daños que sufran los cristales y/o espejos que formen parte de
lámparas, cristalerías, vajillas y similares, así como la rotura de
objetos decorativos, cristales de óptica y aparatos de imagen
y sonido.
- Proceso de reclamación de siniestros
- Garantía de servicio
- Certificado de Daños
- Exclusiones generales aplicables a todas las coberturas
- Preguntas Frecuentes
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